El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el nuevo Real Decreto que regula la jubilación flexible con el objetivo de facilitar que los pensionistas continúen activos laboralmente. La gran novedad de esta normativa, que entrará en vigor dentro de tres meses, es que permite por primera vez a los trabajadores por cuenta propia acogerse a esta modalidad, además de ampliar las ventajas económicas para quienes opten por un regreso voluntario al mercado de trabajo.
La reforma, diseñada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, busca flexibilizar la transición hacia el retiro definitivo. A partir de su aplicación, los pensionistas contarán con mayor libertad para gestionar su actividad:
- Apertura a los autónomos: Los trabajadores por cuenta propia podrán acogerse a este régimen y percibir hasta el 25% de su pensión mientras mantienen su actividad, siempre que no hayan estado dados de alta en el régimen de autónomos en los tres años anteriores a jubilarse.
- Sin esperas: Ya no será necesario cumplir un periodo mínimo de tiempo desde el reconocimiento de la pensión para solicitar el regreso al empleo; se podrá tramitar en cualquier momento.
- Garantías sociales: Durante el tiempo que dure la actividad compatible, el trabajador mantendrá intacta su condición de pensionista a efectos de asistencia sanitaria y protección social.
Mejoras económicas e incentivos al retorno
La normativa introduce incentivos económicos superiores para fomentar el empleo a tiempo parcial entre los mayores. En el caso del trabajo por cuenta ajena, la jornada permitida se amplía sustancialmente: si antes el límite se situaba entre el 25% y el 75%, ahora la horquilla se abre desde el 33% hasta el 80% de la jornada de un empleado a tiempo completo. La cuantía de la pensión se reducirá en proporción inversa a las horas trabajadas.
Además, para premiar a quienes decidan reincorporarse al mercado laboral una vez pasados al menos seis meses desde su jubilación, se aplicarán los siguientes pluses adicionales sobre la pensión:
- Un 25% más para aquellas jornadas a tiempo parcial que se sitúen entre el 55% y el 80%.
- Un 15% más para las jornadas de entre el 33% y el 55%.
Por otra parte, la norma incluye un beneficio para quienes accedieron de forma involuntaria a una jubilación anticipada: al regresar al retiro pleno tras su etapa flexible, verán mejorada su prestación inicial gracias al recálculo de su base reguladora según el nuevo periodo cotizado.
Esta regulación se aplicará a todos los regímenes de la Seguridad Social, quedando excluidos únicamente los regímenes especiales de los Funcionarios Civiles del Estado, las Fuerzas Armadas y el personal de la Administración de Justicia.
«Nuestro objetivo es que los trabajadores tengan más y mejores opciones a la hora de jubilarse o compatibilizar empleo y pensión», ha destacado la ministra Elma Saiz, quien ha insistido en que estas modalidades se basan siempre en la «voluntariedad» del ciudadano.
Menos retiros anticipados
Esta medida culmina el proceso de reformas iniciado en 2021 y desarrolla el acuerdo social tripartito alcanzado en 2024 para acercar la edad real de jubilación a la edad legal. Según los datos del Ministerio, las fórmulas de envejecimiento activo están transformando el mercado laboral:
- Jubilación demorada: Los trabajadores que deciden retrasar su retiro voluntariamente han pasado de representar el 4,8% en 2021 al 10,9% en 2025. En lo que va de 2026, la cifra ya supera el 12% de las altas (15.600 personas).
- Caída de las jubilaciones anticipadas: Si en 2018 superaban el 43% del total, hoy se sitúan en el entorno del 30%. Además, se ha reducido el tiempo de anticipación: en 2021, el 46% se jubilaba a la mínima edad permitida, mientras que en 2025 ese porcentaje cayó drásticamente al 14,5%.
- Jubilación activa: Esta modalidad, que permite seguir trabajando tras demorar el retiro, registró un aumento de 5.602 pensionistas en el último tramo del año pasado, alcanzando un total de 70.467 beneficiarios.





















